lunes, 20 de julio de 2009

Informe del Relator de la ONU sobre asuntos indígenas sobre Bagua

Leer el informe completo; como se ve, en cuanto a información de los hechos del 5 de junio, se complementa con el de la Defensoría del Pueblo del 2 de julio. El informe de la ONU considera también la actuación estatal posterior a los hechos, y tiene un filo más crítico. Ambos confirman lo que las visiones más serias y menos sesgadas sostuvieron desde los primeros días. Pasan los días, la verdad se va decantando, las especulaciones sin fundamento se van desvaneciendo. Extraigo algunos párrafos que me parecen importantes:

Relator Especial de Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, S. James Anaya
OBSERVACIONES SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE LA AMAZONÍA Y LOS SUCESOS DEL 5 DE JUNIO Y DÍAS POSTERIORES EN LAS PROVINCIAS DE BAGUA Y UTCUBAMBA, PERÚ
20 Julio de 2009

3. Por medio de una nota verbal del 12 de junio de 2009, el Gobierno del Perú cursó una invitación al Relator Especial a visitar el país para analizar la situación a la que se enfrentaba Perú. Además, el Relator Especial recibió solicitudes para una visita al país de grupos indígenas y de la Comisión Especial Multipartidaria del Congreso encargada de estudiar y recomendar la solución a la problemática de los Pueblos Indígenas (“Comisión Multipartidaria”). Esta última acordó el 9 de junio de 2009 invitar al Relator Especial al Perú “con el objeto de que pueda contribuir en la búsqueda de soluciones a los conflictos con los pueblos indígenas de la amazonía peruana”.

22. Aparte del número de muertos y heridos confirmados, el Relator Especial escuchó durante su visita versiones divergentes y hasta antagónicas sobre los sucesos del 5 de junio y días posteriores, inclusive en cuanto a los actos específicos de la policía y de los manifestantes. Aunque, según entiende el Relator Especial, estos sucesos siguen bajo investigación, cabe mencionar, en particular, que el Relator Especial escuchó, de varias personas presentes en los enfrentamientos del 5 de junio, relatos en los que se describía con detalle serios abusos cometidos por la policía, incluidos el uso excesivo de la fuerza y de armas de fuego (...) lo que pretende el Relator Especial es señalar que no se pueden descartar las múltiples declaraciones que afirman hechos específicos de abuso policial, al igual que no habría que descartar las evidencias que hubieran de actos de violencia por parte de personas civiles en relación a los sucesos. Al respecto, también debe tomarse en cuenta la información que existe sobre la manera en que fueron capturados y resultaron muertos agentes de policía en la Estación 6 por los manifestantes indígenas que ocupaban ese lugar.

23. En cuanto a las detenciones de varias personas indígenas, según la información proporcionada por funcionarios estatales entrevistados, las condiciones de detención fueron permanentemente supervisadas por fiscales y defensores de oficio que habrían brindado asistencia legal a los detenidos, y que no constataron ningún tipo de irregularidades. No obstante, el Relator Especial recibió información de otras fuentes alegando irregularidades en las detenciones, incluyendo una ausencia de notificación de los motivos de la detención, así como limitaciones en la defensa legal de los detenidos. Información adicional recibida señalaba con detalles y ejemplos un clima de persecución en contra de las comunidades indígenas en los días posteriores a los enfrentamientos del 5 de junio, incluyendo allanamientos sin orden judicial, y denuncias y acusaciones contra dirigentes indígenas.

25. Por otro lado, el Relator Especial no encontró evidencia concreta ni escuchó testimonios específicos sobre muertos además de aquellos confirmados, como tampoco recibió evidencia concreta de la existencia de fosas comunes como se había difundido públicamente.

27. Persisten preocupaciones, por parte de organizaciones indígenas y nogubernamentales, de que todavía pueden haber varias personas indígenas cuyas condiciones se desconocen. De hecho, con posterioridad a la publicación del informe de la Defensoría, el hijo de Nelvin Waum Kasem, un indígena de la zona, denunció ante la Defensoría del Pueblo su desaparición, y la Defensoría ha abierto una invetigación al respecto. Además, poco después de esa denuncia la organización no-gubernamental Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) presentó a la Defensoría del Pueblo una lista de 16 personas presuntamente desaparecidas, 10 de las cuales han sido localizadas por la Defensoría. Al comentar al Relator Especial sobre este asunto, el Gobierno sostiene que APRODEH no ha proporcionado información suficiente para empezar la búsqueda en los seis casos restantes. Además, el Gobierno afirma que, a pesar de sus declaraciones sobre posibles desaparecidos, el AIDESEP no ha precisado ninguna denuncia concreta.

29. El Relator Especial observa con preocupación que, durante su visita, varios representantes del Gobierno, incluidos integrantes de la fiscalía y del Ministerio del Interior, indicaron que las investigaciones en curso se enfocaban principalmente, y hasta exclusivamente, en los posibles delitos de los manifestantes indígenas y no en posibles irregularidades de la policía y otros actores durante los sucesos del 5 de junio y días posteriores. Por su parte, la Defensoría del Pueblo se ha limitado a investigar y atender cuestiones humanitarias relativas a las condiciones de las personas afectadas por dichos acontecimientos, dejando a otras instituciones del Estado la investigación de los mismos tal como lo expresa en su informe y como le fue comunicado al Relator Especial. El Relator Especial toma nota de la reciente información proporcionada por el Gobierno según la cual el Ministerio Público iniciará “una investigación fiscal a raíz de los homicidios y lesiones ocasionadas por personal de la Policía Nacional en agravio de civiles”.

30. El Relator Especial afirma la necesidad de realizar un esclarecimiento e investigación completa y objetiva de los hechos, para que todas las partes, así como la población en general, tengan claridad sobre lo ocurrido y sobre la respuesta del Gobierno en días anteriores, durante y con posterioridad a los enfrentamientos. El Relator Especial nota asimismo que el esclarecimiento de los hechos es esencial para la creación de un clima de confianza que permita avanzar en la búsqueda de soluciones con la participación de todas las partes. A este respecto, el Relator Especial observa que sería muy difícil crear dicho clima de confianza sin que el Estado adopte previamente medidas conciliadoras para superar las tensiones existentes.

IV. Recomendaciones

32. (...) - Una Comisión Independiente para una investigación exhaustiva, objetiva e
imparcial
- Revisión de imputaciones contra dirigentes indígenas
- Proceso de consulta adecuado

36. Asimismo, el Relator Especial reconoce que el Gobierno ha adoptado medidas hacia la reconciliación y la creación de un clima de confianza entre las partes, incluyendo la derogación de los decretos legislativos 1090 y 1064, el 19 de junio de 2009, y el levantamiento del estado de excepción en las provincias amazónicas de Amazonas, Ucayali, Loreto y Cuzco el 23 de junio de 2009. Al respecto, el Relator Especial llama a todas las partes a continuar esfuerzos hacia la reconciliación y el entendimiento mutuo, y a evitar que se descalifiquen, minimicen o descarten las preocupaciones legítimas de las partes interesadas. El Relator Especial estima que, entre las medidas a adoptar hacia la reconciliación deben figurar muestras claras de condolencias y simpatía hacia las familias de todas las víctimas, tanto por parte de los pueblos y organizaciones indígenas como por parte de las instituciones del Estado pertinentes.

39. Al respecto, el Relator Especial quisiera enfatizar que si bien reconoce la necesidad de que se preserve el orden público y que se investigue y sancione a los responsables de delitos y/o violaciones de derechos humanos, el recurso o utilización de la vía penal no debería ser la vía ordinaria para abordar la conflictividad y protesta social, sino que debería ser el último recurso aplicable (ultima ratio) y debería estar estrictamente limitado al principio de necesidad social imperiosa en una sociedad democrática. Al mismo tiempo, el Relator Especial reitera que las personas y pueblos indígenas deben siempre asegurar que sus reclamos y manifestaciones siempre sean de forma pacífica, respetando los derechos humanos de otros.

Informe completo:
http://www.politicaspublicas.net/docs/2009_informe_bagua_peru_janaya.pdf

1 comentario:

Anónimo dijo...

Servindi, 21 de julio, 2009.- La comisión que investigaría los trágicos hechos sucedidos en Bagua, el pasado 5 de junio, no fue instalada por el Grupo Nacional de Coordinación para el Desarrollo de los Pueblos Amazónicos.

Sólo 3 de las 4 mesas acordadas en el acta firmada por los representantes de los pueblos indígenas y del Ejecutivo restablecieron sus actividades durante la segunda sesión de la mesa de diálogo.

En ese sentido, la presidenta de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), Daysi Zapata, criticó que esta comisión investigadora no se haya instalado y consideró que es uno de los ejes claves para restablecer la confianza y reivindicar los derechos de las comunidades amazónicas.
http://www.servindi.org/actualidad/14617#more-14617